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Carta al director

El artículo 161 y la excusa de las 'necesidades de la empresa'

Señor Director:

El 3 de julio me despidieron invocando el artículo 161 del Código del Trabajo, "necesidades de la empresa". Estaba a mitad de un proyecto activo. La ley y la Corte Suprema son claras: esa causal exige hechos objetivos, graves y permanentes, no la sola voluntad del empleador. A mí solo me dijeron "falta de proyecto".

No es un caso aislado. Según la Dirección del Trabajo, en el primer semestre de 2026 se despidió a 253.360 personas por esta misma causal, un 18% de todos los despidos del país. La ley pide treinta días de aviso o un mes de indemnización, un trámite barato para cualquier empresa que quiera desprenderse de alguien sin dar explicaciones reales.

Tengo un Magíster en Simulaciones Numéricas y ese proyecto seguía abierto cuando me avisaron. Si mi caso no calza en la causal, ¿cuántos de esos 253.360 tampoco calzan? La ley existe para ordenar despidos necesarios, no para maquillar despidos arbitrarios. Voy a reclamar el mío ante la Dirección del Trabajo. Ojalá no sea el único.